NO. |
INICIATIVA |
PDF |
WORD |
OBJETO DE LA INICIATIVA |
DIPUTADA/ DIPUTADO QUE LA PRESENTÓ |
1 | Iniciativa de Decreto que reforma la fracción XIV del artículo 45 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla | | | Establecer que las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, en relación con los derechos de niñas, niños y adolescentes se coordinarán a fin de diseñar, proponer, desarrollar y aplicar acciones que fomenten la prevención del suicidio, la depresión y la ansiedad, y a su vez la atención de los problemas de salud mental. | Dip. Mónica Rodríguez Della Vecchia |
2 | Iniciativa de Decreto que reforma el artículo 32 de la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla | | | Incluir el reconocimiento del derecho de toda persona joven a una salud integral, incluida la salud mental. | Dip. Fernando Sánchez Sasia |
3 | Iniciativa de Decreto que adiciona la fracción XI al artículo 28, la fracción X al 30 y la fracción X al 33 de la Ley de Educación del Estado de Puebla | | | Establecer como característica y finalidad de la educación primaria, secundaria y bachillerato el vincular al educando a la inteligencia emocional para reconocer sus propias emociones y las de los demás. | Dip. José Iván Herrera Villagómez |
4 | Iniciativa de Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 84 de la Ley de Educación del Estado de Puebla | | | Establecer que las escuelas de manera obligatoria deberán brindar tratamiento psicológico con el fin de identificar conductas antisociales. | Dip. Aurora Guadalupe Sierra Rodríguez |
5 | Iniciativa de Decreto por el que se reforma el artículo 47, la fracción IV del artículo 59 y la fracción VI del artículo 60 de la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla | | | Ampliar la cobertura de los servicios de salud primaria gratuita de jóvenes, incluyendo a la salud mental, y establecer que en las políticas de protección de la salud de jóvenes se incluya la salud mental. | Dip. Fernando Sánchez Sasia |
6 | Iniciativa de Decreto por el que se reforma la fracción XI al artículo 69 de la Ley de Educación del Estado de Puebla | | | Incluir en la elaboración de los planes y programas de estudio, entre otros, el cuidado de la salud mental, la prevención de los trastornos mentales, sus consecuencias, así como la prevención, atención y prevención del suicidio. | Dip. Aurora Guadalupe Sierra Rodríguez |
7 | Iniciativa de Decreto que reforma el artículo 44 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla | | | Incluir comoparte del derecho a la protección de la salud de la niñez,la atención psicológica gratuita y de calidad con el fin de prevenir, proteger y restaurar la salud física y mental. | Dip. Charbel Jorge Estefan Chidiac |
8 | Iniciativa de Decreto que reforma la fracción VI del artículo 63 de la Ley de Educación del Estado de Puebla | | | Agregar que la orientación integral en la formación educativa considerará la inteligencia emocional y la autoconciencia. | Dip. Mónica Rodríguez Della Vecchia |
9 | Iniciativa de Decreto que reforma el artículo 32; las fracciones III y IV y se adiciona la fracción V al artículo 59 de la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla | | | Sensibilizar, promocionar y fomentar la importancia de la salud mental como un ámbito prioritario, para el desarrollo de la juventud. | Dip. José Antonio López Ruíz |
10 | Iniciativa de Decreto que reforma las fracciones XXII y XXIII y se adiciona la XXIV al artículo 117 de la Ley de Educación del Estado de Puebla | | | Adicionar como facultad de la Secretaría de Educación, desarrollar, promover e implementar, protocolos para la prevención y detección de riesgos en la salud física y mental de las y los educandos. | Dip. Karla Rodríguez Palacios |
11 | Iniciativa de Decreto que reforman diversas disposiciones de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Puebla; y de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado | | | Que los centros de atención, autoridades estatales y municipales se encarguen de implementar talleres, terapias psicológicas y demás actividades que logren una completa inclusión en los procesos de formación de los infantes y, de esta forma, materializar el reconocimiento y respeto de los derechos humanos, entre ellos el de la autonomía progresiva. | Dip. Daniela Mier Bañuelos |
12 | Iniciativa de Decreto que reforma los artículos 9, 12, 24, 28, 32, las fracciones VI, VII y VIII del 60; y adiciona la fracción IX al artículo 60 de la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla | | | Garantizar que las juventudes tengan acceso pleno a los servicios de salud mental, así como implementar políticas públicas por parte de los distintos órdenes de gobierno que permitan a la juventud atender sus necesidades, derivadas de las diversas problemáticas y la prevención del suicidio. | Dip. Charbel Jorge Estefan Chidiac, Néstor Camarillo Medina y Adolfo Alatriste Cantú |
13 | Iniciativa de Decreto que reforma la fracción XVIII y adiciona la fracción XIX al artículo 45 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla | | | Agregar como facultad del Estado y municipios, proporcionar asesorías psicológicas que garanticen la atención de las enfermedades mentales, como la depresión infantil. | Dip. Erika Patricia Valencia Ávila |
14 | Iniciativa de Decreto por el que se adiciona la fracción V Bis y un tercer párrafo al artículo 62 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla | | | Establecer como obligación de las autoridades estatales y municipales el tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos de trabajo infantil que perjudiquen la salud mental de las infancias, así como que la Secretaría de Trabajo coadyuve en la prevención y sanción del trabajo de menores de 15 años. | Dip. Carlos Alberto Evangelista Aniceto |
15 | Iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 9, 10, 11, 49, 63, 64, 69, 78, 101 y 130 de la Ley de Educación del Estado de Puebla | | | Incorporar la educación emocional, definiéndola como el proceso de salud continuo, constante y permanente que busca potenciar el desarrollo de competencias emocionales; adicionar la capacitación de los educadores en materia emocional. | Dip. Eduardo Alcántara Montiel |
16 | Iniciativa de Decreto que reforma los artículos 49, 84, 91, 92 y 94 de la Ley de Educación del Estado de Puebla | | | Crear la materia de educación emocional, la cual se deberá impartir dos veces por semana por Psicólogo o Psicoterapeuta y sancionar a quien realice acoso cibernético y maltrato escolar. | Dip. Aurora Guadalupe Sierra Rodríguez |
17 | Iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla | | | Establecer como deber de los jóvenes el informarse debidamente acerca de los efectos, daños y consecuencias irreversibles que producen el alcohol, el tabaco, las drogas, estupefacientes y psicotrópicos, y sobre qué hacer para evitar su consumo, así como establecer como responsabilidad de los mismos entre otras convenir con su madre, padre y miembros de la familia, normas de convivencia en el hogar en un marco de respeto y tolerancia. | Dip. Nancy Jiménez Morales |
18 | Iniciativa de Decreto por el que se reforman los artículos 49 y las fracciones VI del 63 y la XI del 69 de la Ley de Educación del Estado de Puebla | | | Establecer que en la educación que imparta el Estado se deberá considerar el manejo de las emociones, la inteligencia emocional y la salud mental. | Dip. Mónica Rodríguez Della Vecchia |
19 | Iniciativa de Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo a la fracción V del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla | | | Establecer que las autoridades estatales y municipales garantizarán la consecución de una educación de calidad y la igualdad sustantiva en el acceso y permanencia en la misma, para lo cual deberán implementar políticas en coordinación con la Secretaría de Salud que se orienten a prevenir y atender las causas que provocan el suicidio, la depresión o cualquier otro trastorno mental. | Dip. Carlos Alberto Evangelista Aniceto |
20 | Iniciativa de Decreto por el que se reforma el artículo 32 de la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla | | | Establecer que los gobiernos Estatal y Municipales reconocen el derecho de toda persona joven a una salud integral y de calidad que incluye la atención primaria gratuita. | Dip. José Antonio López Ruíz |
21 | Iniciativa de Decreto por el que se reforma la fracción XIV del artículo 45 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla | | | Establecer que las autoridades estatales y municipales en relación con los derechos de niñas, niños y adolescentes se coordinarán a fin de establecer medidas tendientes a la detección, atención, combate y rehabilitación de los problemas de salud públicas causados por las adicciones y atender de manera especial los problemas de salud mental, para lo cual fomentarán acciones que permitan que la madre, padre o tutor de las niñas, niños o adolescentes pueda detectar que se están presentando estos problemas. | Dip. Erika Patricia Valencia Ávila |
22 | Iniciativa de Decreto por el que se adicionan las fracciones XXI al artículo 13 y la IV Bis al 45 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla | | | Reconocer el derecho a la salud mental de las niñas, niños y adolescentes, así como establecer que las autoridades estatales y municipales en relación con los derechos de niñas, niños y adolescentes se coordinarán a fin de fomentar el bienestar de la salud mental, a través de la implementación de programas y acciones en la materia. | Dip. Roberto Bautista Lozano |
23 | Iniciativa de Decreto que reforma las fracciones VII y VIII y adiciona la fracción IX al artículo 66 Quater de la Ley Estatal de Salud. | | | Establecer que la promoción de la salud mental; acciones para la prevención de malestares, síntomas o comportamientos que interfieran con las funciones personales, resultado del excesivo o incorrecto uso de las tecnologías y redes sociales | Dip. Nancy Jiménez Morales |
24 | Iniciativa de Decreto que se reforma el artículo 56 de la Ley Estatal de Salud | | | Inclusión y ampliación de los cuidados materno-infantiles con la atención de la preeclampsia y la eclampsia, de forma preventiva, periódica, sistemática y clínica, así como atención psicológica a las madres. | Dip. Karla Victoria Martínez Gallegos |
25 | Iniciativa de Decreto por virtud del cual se reforma el primer párrafo del artículo 66 y el segundo párrafo de la fracción II del artículo 67 de la Ley Estatal de Salud. | | | Adicionar el concepto de trastorno psicosomático. | Dip. Aurora Guadalupe Sierra Rodríguez |
26 | Iniciativa de Decreto por el que se reforma la fracción VI y se adiciona la fracción VII al artículo 24 de la Ley de Salud Mental del Estado de Puebla | | | Establecer en la Ley de Salud Mental del Estado de Puebla que se elabore, difunda y aplique un programa de atención y prevención a la Salud Mental a las y los trabajadores del Servicio del Estado. | Dip. María Isabel Merlo Talavera |
27 | Iniciativa de Decreto que reforma el artículo 17, la fracción I del 25 y el párrafo primero del 40 de la Ley de Salud Mental para el Estado de Puebla | | | Reconocer al acoso escolar (bullying) como una manifestación de la violencia que vulnera el bienestar emocional de niñas, niños y adolescentes, pues lo somete a condiciones prolongadas de miedo, estrés y angustia. | Dip. Eduardo Castillo López |
28 | Iniciativa de Decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 2 de la Ley de Salud Mental del Estado de Puebla | | | Modificar la definición de Trastorno mental y del comportamiento, entendiéndose como la afectación que se caracteriza por una alteración clínicamente significativa de la cognición, la regulación de las emociones o el comportamiento de un individuo, que refleja una disfunción en los procesos psicológicos, biológicos o del desarrollo que subyacen al funcionamiento mental y comportamental. asociadas con la angustia, la discapacidad funcional, el malestar o deterioro significativos a nivel personal. | Dip. Karla Victoria Martínez Gallegos |
29 | Iniciativa de Decreto que reforma las fracciones III del artículo 33, la III del 130 y la I del 162, los artículos 170, 171, el acápite y las fracciones I a VI del 172, el 174, el 175 y la denominación del Título Décimo de la Ley Estatal de Salud | | | Sustituir el término de invalidez por discapacidad y definirlo, en virtud de que el primero se contrapone a lo previsto en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al ser discriminatorio. | Dip. Karla Rodríguez Palacios |
30 | Iniciativa de Decreto por virtud del cual se reforman las fracciones XVII y XVIII y se adiciona la fracción XIX al artículo 7 de la Ley Estatal de Salud | | | Promover e impulsar campañas permanentes para concientizar y prevenir adicciones, así como para compartir los efectos negativos que puede producir en la salud el consumo de cigarros, vapeadores o cigarros electrónicos, alcohol, sustancias tóxicas y drogas. | Dip. Karla Rodríguez Palacios |
31 | Iniciativa de Decreto por el que se reforman la fracción I, el párrafo segundo de la II, las fracciones III y IV, y se adicionan las fracciones V a XII al artículo 67 de la Ley Estatal de Salud | | | Armonizar la Ley Local con la General con el objeto de establecer que para la promoción de la salud mental, la Secretaría de Salud y las Instituciones de Salud fomentarán y apoyarán actividades educativas de manera permanente y de prevención de adicciones; promoción de los derechos de la población sobre la salud mental, implementación de servicios de atención de salud mental en establecimientos de la red integral de servicios de salud del Sistema Estatal de Salud, detección de grupos poblacionales en riesgo de presentar trastornos mentales, así como la capacitación y educación en salud mental al personal de salud. | Dip. María Yolanda Gámez Mendoza |
32 | Iniciativa de Decreto por el que se adicionan las fracciones IV, V y VI al artículo 176 de la Ley Estatal de Salud | | | Para crear centros especializados en tratamiento, atención y rehabilitación del alcoholismo con personal profesional y capacitado. Crear un padrón de instituciones, organismos públicos y privados que realicen actividades de prevención, tratamiento, atención y reinserción social en materia de alcoholismo. | Dip. Edgar Valentín Garmendia de los Santos |
33 | Iniciativa de Decreto por el que se adicionan los artículos 56 Bis y 56 Ter a la Ley Estatal de Salud | | | Establecer que la mujer embarazada tiene derecho a recibir apoyo psicológico o psiquiátrico durante el embarazo y después del parto cuando se trate de embarazos no previstos o en el supuesto en el que sufra un evento de muerte gestacional o neonatal del producto en gestación o recién nacido, según corresponda, a través del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado y la Secretaría de Salud del Estado. | Dip. Aurora Guadalupe Sierra Rodríguez |
34 | Iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Estatal de Salud | | | Incluir dentro de las acciones de la promoción de la salud mental, la elaboración y promoción de programas de prevención del suicidio, mediante la orientación e información para las personas que enfrenten factores de riesgo asociados; Establecer que la atención de las enfermedades mentales comprende la prevención del suicidio, mediante la atención de personas con trastornos mentales. | Dip. José Antonio López Ruíz |
35 | Iniciativa de Decreto por el que se reforman el artículo 246 Bis, las fracciones I y II del 246 Ter y el 246 Quáter de la Ley Estatal de Salud | | | Ampliar la definición de establecimiento de tatuajes; establecer dentro de la definición de tatuador lo relativo a la elaboración de escarificaciones y en la de perforador, lo relativo a la colocación de expansores; Prohibir la realización de tatuajes o expansiones a personas menores de 18 años, así como a aquellas que cuenten con alguna discapacidad mental. | Dip. Karla Rodríguez Palacios |
36 | Iniciativa de Decreto por el que se reforma la fracción XII del artículo 7 de la Ley Estatal de Salud | | | Promover y apoyar la coordinación entre las instituciones de salud y las educativas estatales y federales para investigar, diseñar, proponer y aplicar sanciones de prevención, detección y atención del estrés, ansiedad, depresión y suicidio. | Dip. Nancy Jiménez Morales |
37 | Iniciativa de Decreto por el que se adiciona el artículo 7 Bis a la Ley Estatal de Salud | | | Establecer que las autoridades que integran el Sistema Estatal de Salud llevarán a cabo un programa estatal para la prevención del suicidio, con el objeto de implementar acciones para su detección y atención oportuna de la salud mental. | Dip. Eliana Angélica Cervantes González |
38 | Iniciativa de Decreto por el que se reforman las fracciones VI, VIII y IX, y se adiciona la fracción X del Apartado B del artículo 12 de la Ley Estatal de Salud | | | Adicionar como atribución del Estado en materia de salubridad local el construir y administrar el funcionamiento de centros de asistencia social destinados al descanso, alimento y atención psicológica de familiares de pacientes que se encuentran internados por enfermedades graves. | Dip. Nora YessicaMeríno Escamilla |
39 | Iniciativa de Decreto que reforma las fracciones VII y VIII y adiciona la fracción IX al artículo 66 Quater de la Ley Estatal de Salud. | | | Establecer entre otras acciones la promoción de la salud mental; acciones para la prevención de malestares, síntomas o comportamientos que interfieran con las funciones personales, resultado del excesivo o incorrecto uso de las tecnologías y redes sociales | Dip. Nancy Jiménez Morales |
40 | Iniciativa de Decreto por el que se reforman el tercer párrafo del artículo 66, el tercer párrafo de la fracción II del artículo 67, el primer párrafo del artículo 69 y la fracción V del artículo 162 de la Ley Estatal de Salud | | | Garantizar la detección del trastorno especto autista, así como la protección de la salud de las personas que cuentan con el mismo, con el objetivo de garantizar sus derechos humanos y concientizar a la ciudadanía sobre dicho trastorno. | Dip. José Miguel Espinosa de los Monteros Gil |
41 | Iniciativa de Decreto por el que se reforma el acápite y la fracción III del artículo 67 de la Ley Estatal de Salud | | | Establecer, con relación a la promoción de la salud mental, que la Secretaría de Salud del Estado y las Instituciones de Salud, en coordinación con las Autoridades competentes en cada materia, fomentarán y apoyarán la realización de programas para detectar, atender, prevenir y combatir el uso y abuso de substancias psicotrópicas, estupefacientes, inhalantes y otras substancias que puedan producir dependencias, así como difundir las afectaciones a la salud mental que las mismas originan. | Dip. Mónica Rodríguez Della Vecchia |
42 | Iniciativa de Decreto por el que se adiciona la fracción IV al artículo 176 de la Ley Estatal de Salud | | | Establecer que el Gobierno del Estado, en coordinación con autoridades sanitarias federales, llevará a cabo como parte del programa contra el alcoholismo y abuso de bebidas alcohólicas, acciones de regularización, supervisión y control de Clínicas de Rehabilitación, Anexos y Centros de Rehabilitación del Alcohólicos Anónimos por medio de padrones estatales. | Dip. Jorge Luis Vélez Pavía |
43 | Iniciativa de Decreto por el que se reforman las fracciones VII, VIII y se adiciona la IX al artículo 66 Quater de la Ley Estatal de Salud | | | Establecer que, en la promoción de la salud mental, la Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación, elaborarán dentro de los centros educativos, campañas con el objeto de concientizar al personal y a los educandos sobre la prevención y el control de enfermedades que afectan la salud mental. | Dip. Laura Ivonne Zapata Martínez |
44 | Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Salud Mental del Estado de Puebla | | | Reconocer el derecho a la salud mental, así como establecer mecanismos para su garantía; regular las bases y modalidades para garantizar el acceso a los servicios de salud mental en el Estado de Puebla conforme a los principios constitucionales en materia de Derechos Humanos; regular los mecanismos adecuados para la sensibilización, promoción, prevención, evaluación, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y fomento de la salud mental; y garantizar y promover el respeto y la protección efectiva de los Derechos Humanos de las personas con trastornos mentales y del comportamiento. | Dip. Marcelo Eugenio García Almaguer |